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Este 2 de mayo es el último día para declarar el Impuesto Sobre la Renta: conoce el horario límite

En caso de no declarar la renta antes de las 12 de la medianoche, el gobierno advierte multas e intereses por el atraso.

Por Karla Arévalo | May 02, 2022- 09:24

Foto EDH / Archivo

Los salvadoreños que aún no han presentado su Declaración del Impuesto sobre la Renta correspondiente a 2021 tienen hasta las 12 de la medianoche de este día para hacerlo, informó el ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, en una entrevista televisiva este 2 de mayo. 

Hasta el momento, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha recibido un aproximado de 598,000 declaraciones de renta; un monto que equivale al 98 % del total de contribuyentes que deben hacer su declaración. “Esperábamos cerca de 609,000 declaraciones y hemos recibido 598,000. Nos haría falta recibir 11,000”, agregó el ministro. 

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La Dirección de Tesorería del Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Impuestos Internos, áreas que tienen que ver con la recepción del Impuesto Sobre la Renta y ayuda al contribuyente, estarán habilitadas (en línea) hasta las 12 de la noche. Zelaya recordó que el trámite puede hacerse a través del sitio web del Ministerio de Hacienda www.mh.gob.sv en la opción Servicios en Línea de la DGII.

Además, el Ministerio de Hacienda informó hace unos días que también ampliará los horarios de atención en oficinas de recepción y pago en la Dirección General de Tesorería así como en la Dirección General de Impuestos Internos.

Las oficinas que extenderán sus servicios hasta las 12 de medianoche se encuentran ubicadas en Complejo Tres Torres, planta baja, Centro de Atención al Contribuyente (Ex Bolerama) y las oficinas regionales de Santa Ana y San Miguel. 

La declaración del Impuesto Sobre la Renta tiene como fecha límite este 2 de mayo. De no declararse antes, los ciudadanos pueden hacerse acreedores de una multa, que se calcula en función de cuánto tiempo demoró la persona en presentar la declaración y el monto de los impuestos no pagados a la fecha del vencimiento original.

"A pesar de que sea un solo día (que el ciudadano se retrase en declarar la renta) le es aplicable el pago de multas e intereses. Si uno no cumple con sus obligaciones tributarias evidentemente habrá una sanción", advirtió Zelaya.

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Esos intereses deben ser pagados por los salvadoreños para "compensar la pérdida que tiene el Estado por no haber recibido esos fondos en el momento", explicó el ministro.

"Es obligación pagar un interés cuando no se ha cumplido (con el pago). Y algunos dirán '¿le va a cobrar multas e intereses y solo se retrasó un día?' sí porque hubo cuatro meses en los que el contribuyente pudo realizar su declaración y presentarla", dijo Zelaya. También señaló que en ningún país del mundo se le permite a un contribuyente que presente su declaraciones "cuando le dé la gana".

El artículo 92 de la Ley de Impuestos sobre la Renta (LISR) indica que todos (personas naturales, sociedades, entre otros) que  sean sujetos del impuesto conforme a la Ley, y estén registrados o no, están obligados a declarar sus ingresos al Estado y pagar así el impuesto que corresponda por esos ingresos.

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